La gratificación es un beneficio obligatorio para trabajadores del régimen laboral privado que se paga dos veces al año: julio y diciembre, según la normativa laboral vigente en Perú. La gratificación de diciembre se calcula de acuerdo con el periodo laborado entre julio–diciembre 2025.
La gratificación está inafecta a los aportes de seguridad social; en su lugar, el empleador paga una bonificación extraordinaria equivalente al 9% (EsSalud) o 6.75% (EPS) en la misma oportunidad del depósito.
Fecha límite de pago y a quiénes corresponde
Fecha límite 2025: Las empresas deben depositar la gratificación hasta el lunes 15 de diciembre de 2025.
Quiénes la reciben: Trabajadores del sector privado en planilla, con contrato indefinido, a plazo fijo o tiempo parcial.
Cómo calcular la gratificación
Base (remuneración computable):
– Sueldo bruto vigente al momento del depósito (referencia usual: 30 de noviembre).
– Asignación familiar (si corresponde): S/ 102.50 (10% de la RMV vigente).
– Variables regulares (comisiones/horas extra) percibidas al menos 3 meses del semestre.
Fórmula general:
1) Gratificación base:
– Semestre completo → 1 sueldo.
– Semestre parcial → (sueldo ÷ 6) × meses completos.
2) Bonificación extraordinaria:
– EsSalud: +9% de la gratificación.
– EPS: +6.75% de la gratificación.
Ejemplos prácticos
Caso A (6 meses completos, EsSalud): Sueldo S/ 2,000
– Gratificación: S/ 2,000
– Bonificación (9%): S/ 180
– Total: S/ 2,180
Caso B (3 meses completos, EsSalud): Sueldo S/ 2,000
– Proporcional: 2,000 ÷ 6 × 3 = S/ 1,000
– Bonificación (9%): S/ 90
– Total: S/ 1,090
Caso C (6 meses, EPS): Sueldo S/ 3,000
– Gratificación: S/ 3,000
– Bonificación (6.75%): S/ 202.50
– Total: S/ 3,202.50
Casos especiales (MYPE, RIA, régimen agrario)
MYPE (REMYPE):
– Pequeña empresa: media gratificación para contratados después de la inscripción.
– Microempresa: restricciones; en general no corresponde para contratados después de la inscripción.
Remuneración Integral Anual (RIA): En RIA, gratificación y CTS están integradas en la renta anual (no hay depósito adicional en diciembre).
Régimen agrario: La Remuneración Diaria (RD) puede incluir las gratificaciones prorrateadas en 16.66%, a menos que el trabajador opte por recibirlas por separado a las fechas legales.
¿Recibo algo si trabajé menos de 6 meses?
Sí: proporcional de 1/6 por mes calendario completo, más la bonificación proporcional.
¿Qué hacer con mi gratificación? Invertir mejor en 2025
Prioriza:
– Deudas (tarjetas/consumo) para reducir intereses y liberar flujo.
– Fondo de emergencia (3–6 meses de gastos) para resiliencia financiera.
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